Servicio de ayuda a domicilio

El Servicio de Ayuda a Domicilio lo constituye el conjunto de actuaciones preventivas, formativas, y rehabilitadoras llevadas a cabo por profesionales cualificados en el propio domicilio, con el objetivo de atender en las actividades bรกsicas de la vida diaria que necesite la persona en situaciรณn de dependencia.

Para preservar los servicios de ayuda a domicilio para las personas dependientes y mantener el empleo en este nicho laboral se ha aprobado el Plan Extraordinario de Acciรณn Social de Andalucรญa.

Dentro del Plan se encuentra el Programa de Consolidaciรณn del Servicio de Ayuda a Domicilio, que otorga transferencias a Entidades Locales de Andalucรญa destinadas al afianzamiento del Servicio de Ayuda a Domicilio. Con ello se pretende garantizar la cobertura adecuada de las necesidades de la poblaciรณn dependiente en situaciรณn de emergencia o con dificultades econรณmicas.

El acceso al Servicio de Ayuda a Domicilio financiado con cargo a este Programa se realiza a travรฉs de los Servicios Sociales Comunitarios.

Actuaciones que ofrece el servicio.

Atenciรณn a las necesidades domรฉsticas o del hogar:

En relaciรณn con la alimentaciรณn:

  • Preparaciรณn de alimentos en el domicilio.
  • Servicio de comida a domicilio.
  • Compra de alimentos con cargo a la persona usuaria.

En relaciรณn con el vestido:

  • Lavado de ropa en el domicilio y fuera del mismo.
  • Repaso y ordenaciรณn de ropa.
  • Planchado de ropa en el domicilio y fuera del mismo.
  • Compra de ropa con cargo a la persona usuaria.

En relaciรณn con el mantenimiento de la vivienda:

  • Limpieza cotidiana y general de la vivienda, salvo casos especรญficos de necesidad en los que dicha tarea serรก determinada por el personal tรฉcnico responsable del servicio.
  • Pequeรฑas tareas domรฉsticas que realizarรญa la persona por sรญ misma en condiciones normales, y que no son objeto de otras profesiones.

Actuaciones de carรกcter personal:

Relacionadas con la higiene personal:

  • Planificaciรณn y educaciรณn de hรกbitos de higiene.
  • Aseo e higiene personal.
  • Ayuda en el vestir.

Relacionadas con la ingesta y hรกbitos alimentarios:

  • Ayuda o dar de comer y beber.
  • Control de la alimentaciรณn y educaciรณn sobre hรกbitos alimentarios.

Relacionadas con la movilidad:

  • Ayuda para levantarse y acostarse.
  • Ayuda para realizar cambios posturales.
  • Ayuda para la movilidad dentro del hogar.

Relacionadas con cuidados especiales:

  • Apoyo en situaciones de incontinencia.
  • Orientaciรณn temporal y espacial.
  • Control de la administraciรณn del tratamiento mรฉdico en coordinaciรณn con los equipos de salud.
  • Asistencia y acompaรฑamiento nocturnos (vela).

De ayuda en la vida familiar y social:

  • Acompaรฑamiento dentro y fuera del domicilio.
  • Apoyo a la organizaciรณn domรฉstica.
  • Actividades de ocio dentro del domicilio.
  • Actividades de fomento de la participaciรณn en su comunidad y en actividades de ocio y tiempo libre.
  • Ayuda a la adquisiciรณn y desarrollo de habilidades, capacidades y hรกbitos personales y de convivencia.

Intensidad del servicio.

La duraciรณn del servicio serรก variable en funciรณn de la situaciรณn sociofamiliar, de las necesidades de la persona en situaciรณn de dependencia para hacer posible su permanencia en el hogar y de la intensidad del servicio que corresponda a la persona segรบn su grado de dependencia y los servicios compatibles prescritos.

Teniendo en cuenta la reciente eliminaciรณn de los niveles de dependencia, operada por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, las intensidades horarias mensuales del servicio se ajustarรกn a los siguientes intervalos, en funciรณn de cada caso particular en el momento de la entrada en vigor de esta modificaciรณn, el 15 de julio de 2012:

Para aquellas personas que en el momento de la entrada en vigor de la norma ya tuvieran reconocido grado y nivel de dependencia sin que se les hubiera reconocido la prestaciรณn:

. Grado III nivel 2: entre 56 y 70 horas/mes

. Grado III nivel 1: entre 46 y 55 horas/mes

. Grado II nivel 2: entre 31 y 45 horas/mes

. Grado II nivel 1: entre 21 y 30 horas/mes

. Grado I, niveles 1 y 2: mรกximo 20 horas/mes*

Para quienes no tuvieran reconocida la situaciรณn de dependencia en dicha fecha:

. Grado III: entre 46 y 70 horas/mes

. Grado II: entre 21 y 45 horas/mes

. Grado I: mรกximo 20 horas/mes*

(*) Efectividad del derecho demorada hasta julio de 2015, por el calendario de aplicaciรณn progresiva de la Ley de dependencia.

La intensidad del servicio en los casos en los que sea compatible con el Servicio de Centro de Dรญa serรก como mรกximo de 22 horas mensuales, de lunes a viernes, con objeto de facilitarles la asistencia al Centro de Dรญa.

Perfil de persona a la que estรก destinado.

Para poder solicitar el Servicio de Ayuda a Domicilio es necesario que la persona en situaciรณn de dependencia viva en un domicilio particular.

Rรฉgimen de compatibilidad.

El Servicio de Ayuda a Domicilio serรก incompatible con todos los servicios  y prestaciones, con excepciรณn del de Teleasistencia y del Servicio de Centro de Dรญa, o en su defecto, la prestaciรณn econรณmica vinculada a este servicio, en los casos que se determine y con carรกcter complementario.

En el Programa Individual de Atenciรณn de aquellas personas reconocidas en situaciรณn de Gran Dependencia o en situaciรณn de Dependencia Severa en el que se establezca el Servicio de Centro de Dรญa o la prestaciรณn econรณmica vinculada al mismo y el Servicio de Ayuda a Domicilio, la intensidad de รฉste serรก como mรกximo de 22 horas mensuales, de lunes a viernes, con objeto de facilitarles la asistencia al Centro de Dรญa.

Criterios de participaciรณn en su financiaciรณn.

La participaciรณn en la financiaciรณn del servicio por parte de la persona usuaria estรก condicionada por su capacidad econรณmica personal en los tรฉrminos previstos en las disposiciones vigentes.